El IDHIE de la Universidad Iberoamericana señaló que la protección de niñas, niños y adolescentes requiere de respuestas desde el marco normativo e institucional

Mañana, 15 de septiembre, en el arranque del Segundo Periodo Legislativo, el Congreso de Puebla podría discutir y aprobar la iniciativa de reforma al Código Civil y Código Penal del Estado de Puebla conocida como Ley Monzón, destacó el Instituto de Derechos Humanos Ignacio Ellacuría SJ (IDHIE) de la Universidad Iberoamericana.

El IDHIE señaló que la protección hacia la niñez y la adolescencia contra las diferentes manifestaciones de la violencia requiere de respuestas integrales, desde el marco normativo e institucional.

De acuerdo con el instituto, para aprobar la Ley Monzón, los legisladores deberán:

-Analizar de manera integral la protección de las niñas, niños y adolescentes, adecuando y aplicando el Protocolo Nacional de Atención a menores en condición de orfandad

-Considerar que la discriminación estructural impide a un gran número de personas acceder a un acompañamiento integral para obtener verdad y justicia tras el feminicidio de un familiar

-Transversalizar el interés superior de la niñez en todas las acciones relacionadas con la atención a los familiares de víctimas de feminicidio

-Revisar la técnica legislativa de la redacción de la iniciativa

-Convocar al análisis a diferentes sectores de la sociedad, especialmente a los familiares de las víctimas de feminicidios

La Ley Monzón, presentada por la diputada local del Partido del Trabajo (PT) Mónica Silva Ruiz, está inspirada en la activista y abogada feminista Cecilia Monzón, víctima de feminicidio el pasado 21 de mayo, por parte del padre de su hijo, el político priista, Javier López Zavala, y tres hombres más.

La familia de Cecilia tuvo que pasar por un proceso legal para determinar la custodia provisional del menor, incluso su expareja intentó negociar la custodia del menor para librarse de su responsabilidad en el crimen que cometió.

En materia civil, la Ley Monzón hará que quien sea condenado por el delito de feminicidio o desde el momento de la vinculación de un hombre por el feminicidio de la madre de sus hijos le sean retirados los derechos de patria potestad.

También hará que los jueces puedan modificar el ejercicio de la patria potestad o custodia cuando el feminicida la tenga decretada judicialmente.

En materia penal, llevará a prisión y se le inhabilitará de la función pública a servidores públicos que propicien, promuevan o toleren la impunidad, así como retarde o entorpezca, la investigación, persecución y sanción de un feminicidio.

También aumentará la pena de aquel que cometa el delito de feminicidio contra una niña, una adolescente, una persona de la tercera edad o con alguna discapacidad, aunado a la condición de embarazo ya establecida en el Código Penal de Puebla.

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